¿Qué pasa si renuncias a una herencia, por ejemplo, la de tu padre? 1

¿Qué pasa si renuncias a una herencia, por ejemplo, la de tu padre?

Renunciar a una herencia: aspectos a considerar antes de hacerlo

Esta semana ha venido a visitarme Pere; recientemente ha muerto su padre, cliente de la notaría, y por diferentes motivos desea renunciar a la herencia. Quería informarse de qué manera podía renunciar y a quien le correspondería su parte, si a sus hijos o a sus hermanos.
Renunciar (o repudiar según dice nuestro Código Civil) a una herencia implica muchas consecuencias, y por eso explicaremos a continuación sus efectos.

¿Si renuncio a la herencia, puedo arrepentirme y aceptarla después?

Esto no es posible, la renuncia es irrevocable, y una vez formalizada no se puede, en un momento posterior, aceptar la herencia..

Renunciar si hay testamento

Habitualmente en los testamentos suele aparecer una segunda opción (sustitución) para los casos que el nombrado heredero o legatario muera antes de que el testador o renuncie a los bienes. En estos casos se tendrá que aplicar esta sustitución tal como salga en el testamento

Renuncia si no hay testamento

Cuando no hay testamento, se tendría que tramitar la llamada acta de declaración de herederos abintestato, y al renunciar a la herencia no pasarán a heredar los hijos del renunciante, sino que su porción de la herencia acrecentará a los otros coherederos. En este caso, por ejemplo, no heredarán los hijos de en Pere, sino sus hermanos.

¿Puedo hacer la renuncia de forma verbal, sin documentarla?

A causa de sus importantes efectos, la renuncia en Cataluña tiene que ser ante Notario; no es válida si se hace en un documento privado o verbalmente.

¿Qué sucede si el heredero tiene deudas y renuncia a la herencia?

En este caso, si los acreedores del heredero se sienten perjudicados, pueden impugnar judicialmente esta decisión en el plazo de un año desde la renuncia.

Si el causante difunto tiene deudas importantes o desconocidas

Se tiene que tener en cuenta que para la aceptación de la herencia pura y simple, el heredero responde de las deudas del difunto y de las cargas hereditarias, no solo con los bienes hereditarios, sino también con los bienes propios. Por eso, además de una renuncia simple a esta herencia, es posible la llamada aceptación a beneficio de inventario (obligatoria en Cataluña en el caso de menores y personas sujetas a tutela, entre otros). Consiste a hacer un listado de los bienes de la herencia y de sus deudas y cargas hereditarias, y una vez realizado el inventario en el plazo de 6 meses, tomar una decisión definitiva. Este tipo de aceptación es conveniente en caso de sospechar que pueden existir deudas de importe elevado sin conocerse exactamente su cuantía.

 

Nuestros servicios notariales

Renuncia en favor de persona determinada

Me plantea Pere la posibilidad de renunciar a favor de uno de sus hermanos, con el que tiene mayor relación. Es posible pero tiene mayor coste fiscal, puesto que tributará:

  • Pere, por el impuesto de sucesiones como si hubiera aceptado la herencia.
  • Su hermano, para efectuarse el equivalente a una donación.

Es posible renunciar en vida del causante antes de que muera o tengo que esperarme a su muerte?

En principio, no es posible la renuncia al derecho de legítima antes de la muerte del causante, excepto en unos supuestos residuales de pactos en determinados casos, no muy habituales en la práctica.

No puede hacerse de forma parcial, a plazo o condicionalmente

Es decir, Pere no puede renunciar a una parte de la herencia y aceptar la otra; o renunciar de forma condicionada a que se cumpla o no un hecho.

Renuncia prescrita

En el supuesto de que hayan transcurrido más de cuatro años y medio desde la defunción del causante, si Pere renuncia a la herencia, se interpreta que hay una donación, y la Generalitat nos girará una liquidación del impuesto correspondiente.

Renuncia de menores de edat

Para renunciar a las herencias o legados de menores de edad, hará falta que la renuncia sea hecho por los padres del menor y, además, tendrán que comparecer a la renuncia los abuelos paternos y maternos del menor, uno de cada banda y el de más edad, para no acudir a la autorización judicial.

Carlos Jiménez Fueyo, notario de Igualada

 

Contactar con nuestra notaria

com puc donar al meu fill un pis

¿Cómo puedo donar un piso a mi hijo?

¿Donación de una vivienda a un hijo: qué debemos tener en cuenta?

Esta semana vino a la notaría la señora Assumpta, puesto que quiere dar un piso que tiene a uno de sus 3 hijos. Quería hacerme algunas preguntas sobre la donación de una vivienda a un hijo, que intentamos resolver entre Enriqueta, una de las oficiales de la notaría, y yo.

Aclaraciones y preguntas más frecuentes respecto a la donación de una vivienda a un hijo

  • Necesariamente la donación tiene que hacerse en escritura pública ante Notario. En caso de hacerse en documento privado no tendrá valor.
  • Posibilidad de reservarse el usufructo: en el caso de las personas mayores y, por supuesto, en caso de ser la vivienda habitual de la donante, es conveniente reservarse el usufructo vitalicio y así asegurarse la disponibilidad y goce exclusivo mientras viva. Este usufructo acaba automáticamente en el momento de la muerte, acrecentando a su hijo como propietario.
  • Y si la vivienda dada está hipotecada?, tendrá que dejar claro en la escritura de la donación este hecho y si su hijo asume o no tal hipoteca, puesto que tiene repercusiones fiscales.
  • Puede afectar a la herencia futura?: en la escritura de donación se tendrá que determinar, entre otras cuestiones, si la donación se realiza a cargo o no de la legítima futura, y si es coleccionable o no (es decir, si el valor del piso dado computará en un futuro cuando muera la señora Assumpta en el valor del caudal hereditario).

 

Nuestros servicios notariales

¿Qué impuestos se pagan en una donación de una vivienda a un hijo?

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones: en caso de ser descendiente menor de 36 años, siendo la primera vivienda habitual y tener unos ingresos anuales menores de 36.000€, dispone de una reducción de los primeros 60.000€ del valor total. Existen también incentivos fiscales, en caso de una donación en metálico, si tiene la misma finalidad de adquisición de vivienda habitual.
  • Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana: su cuantía dependerá de los años que haya tenido la vivienda en propiedad el donante (a mayor antigüedad, mayor impuesto) y, por otro lado, el valor catastral del suelo no afecta la tasación que se asigne a la escritura.
  • Impuesto sobre la Lava de las Personas Físicas (IRPF): en caso de existir una ganancia patrimonial por la diferencia entre el valor de la adquisición, en el momento en que lo hizo Assumpta, y el valor que se ha consignado en la escritura de donación. Existen varios beneficios fiscales en el caso de donantes mayores de 65 años.
  • Se puede revocar una donación? En principio la donación es irrevocable, excepto que se cumplan determinadas circunstancias muy concretas y difícilmente aplicables, como la supervivencia de los hijos de los donantes, que se creían muertos, o la ingratitud de los donatarios (se entiende como ingratitud los actos penalmente condenables que el donatario hace contra la persona o los bienes del donante).

 

Contactar con nuestra notaría

testament igualada jimenez

¿Puedo dejar la herencia a una ONG?

La semana pasada vino en mi despacho la señora Concepció, puesto que quería cambiar su testamento. Se quedó viuda hace unos años, no tuvo hijos, y a pesar de que está muy contenta con sus sobrinos, siempre le ha hecho ilusión dejar una parte de sus bienes cuando se muriera en algunas ONG (Organizaciones No Gubernamentales), como por ejemplo Cáritas, Médicos sin Fronteras o la Cruz Roja. Quería saber cómo lo podía hacer, y si más adelante cambiaba de opinión sobre la ONG, por los motivos que fueran, si podía cambiar el testamento. Intentaré resolver sus dudas, contestando de forma clara y ordenada esta pregunta: ¿puedo dejar la herencia en una ONG?

Dudas relacionadas con las herencias en ONG: qué hay que tener en cuenta?

1) ¿Puedo dejar todos mis bienes en una ONG?

Pues sí, sería el que conocemos como un legado solidario. En el caso de tener personas con derecho a legítima (hijos, descendentes, o bien los padres en caso de no tener hijos), estos tendrán derecho a un mínimo de una cuarta parte del valor de mis bienes.

2) ¿Puedo dejar un piso en varias ONG de forma conjunta?

Sin ningún problema, incluido en porcentajes diferentes (por ejemplo un 20% a Cáritas, un 30% en la Cruz Roja, etc.). El inconveniente será ponerse de acuerdo las citadas ONG para venderlo, en temas como el precio, la gestión del día a día en caso de alquilarlo, etc.

3) ¿Puedo dejar un piso en vez de dinero en las ONG?

Está claro que sí, se tiene que hacer una escritura de aceptación del piso legado en la cual comparecerá un representante de la ONG, y desde entonces, ya será propietaria del inmueble.

4) ¿Qué impuestos pagan las ONG al heredar de una persona?

Las ONG no están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por lo tanto, si reciben legados o herencias no lo tendrán que pagar al morir el testador.

5) Qué diferencia hay entre un legado y una herencia?

El conjunto de bienes y derechos de una persona cuando muere es la herencia. En cambio, cuando hablamos del legado nos estamos refiriendo a cada uno de los bienes o derechos del testador -un piso, un coche, dinero- que pueden ser entregados a la misma o a diferentes personas.

6) ¿Cómo sabrá la ONG que les he dejado unos bienes en mi testamento?

El notario que haya autorizado el testamento de la señora Concepció está obligado a comunicar a la ONG, en el momento de la defunción, que tiene un legado a su favor. Pero ante las dificultades que puedan existir por el transcurso de los años, es muy recomendable comunicarlo en vida en la ONG, para que esté precavida.

7)¿Puedo designar heredera en una ONG o es mejor designarla legataria?

Sí que se puede nombrar heredera, pero el problema es que el heredero, al aceptar la herencia, responde también de las deudas. Esto se produce en caso de dejar los bienes (dinero, pisos, etc…) mediante legados específicos de cada bien, y siendo entidades benéficas sin ánimo de lucro, de este modo se evitan problemas de deudas desconocidas.

8) ¿Cómo me aseguro que se cumple mi voluntad?

Además de comunicarlo a alguna persona próxima, una opción muy aconsejable es nombrar un albacea, con facultades para entregar los bienes directamente a la ONG, gestionar todos los trámites de la herencia o, incluso, para poder vender los bienes inmuebles y entregar su importe a la ONG escogida.

Lógicamente, esta persona nombrada albacea tendrá que ser de confianza máxima del testador o de reconocida honorabilidad, para evitar posibles problemas que se puedan plantear.

En Cataluña, en 2015 se hicieron legados solidarios por un valor de casi treinta y tres millones de euros, en 552 testamentos diferentes, a favor de entidades benéficas vinculadas a iglesias, ONG y otras fundaciones. Como curiosidad que siempre se cita por el Colegio Notarial de Cataluña, cuando se hace un balance anual de las cifras de los legados solidarios, es que el Hospital de la Santa Cruz y Santo Pablo de Barcelona, fue construido a partir del año 1902 gracias a un legado solidario del banquero Pau Gil, cambiando su nombre tradicional de Hospital de la Santa Cruz por el actual, respetando así la voluntad del benefactor.

Espero haber ayudado, desde mi experiencia y conocimiento, todas las dudas relacionadas con si puedes dejar una herencia a una ONG.

Carlos Jiménez Fueyo, Notario de Igualada

cjimenezfueyo@correonotarial.org

testament igualada jimenez

Herencia en Cataluña sin testamento. ¿Cuando no hay testamento quién hereda?

Desgranamos y explicamos todas las claves de las herencias en Cataluña sin testamento

Esta pregunta me la hacía la semana pasada Dolores, que a sus 55 años nunca había hecho testamento, y acompañada de su marido, venían a la mi notaría a firmar el primero de ellos.

Decidir si es mejor que hereden los hijos o el marido, es un tema personal y privado de cada persona, pero es importante tener en cuenta que, en caso de no hacer testamento, uno ya no decide quién heredará sus bienes, sino que se hará según diga la Ley.

¿Qué establece el código civil en cuanto a la herencia en Cataluña sin testamento?

El Código Civil catalán establece un orden de llamamientos en el caso de no existir testamento:

  1. Hijos y nietos: los hijos son los primeros a heredar. En el caso de defunción de alguno de ellos, la herencia pasaría a los hijos del difunto (nietos), y siempre a partes iguales.
  2. A falta de hijos o nietos: heredarán el marido, la mujer o pareja estable de hecho. Es importante aclarar que a efectos legales, en Cataluña se considera pareja estable de hecho, sea homosexual o heterosexual, a la pareja que conviva con el difunto y, además, cumpla algunos de los siguientes requisitos
    a) Si la convivencia dura más de dos años ininterrumpidos.
    b) Si durante la convivencia tienen un hijo común.
    c) Si formalizan la relación en escritura pública.

És a dir, inclús si un dels dos membres de la parella no vol contraure matrimoni, pels motius que siguin, la pròpia llei considera que tant el cònjuge com la parella de fet tenen els mateixos drets.

  1. Si una persona muere sin hijos o nietos, y sin cónyuge o pareja de hecho, heredarán los padres o ascendientes, siempre a partes iguales.
  2. En caso de no tener hijos, nietos, cónyuge, pareja de hecho o padres, heredarán según una serie de reglas aplicables a los hermanos, hijos de hermanos y primos hermanos (o colaterales hasta el 4.º grado).
  3. Generalitat de Catalunya. En el supuesto de que el difunto no tenga ni hijos, ni padres, ni cónyuge o pareja de hecho, ni primos hermanos, heredará la Generalitat de Cataluña antes de que el hijo de un primo hermano en el caso de no haber testamento, estando obligada la Generalitat de Cataluña a destinar los bienes heredados a establecimientos de asistencia social o a instituciones de cultura.

 

Nuestros servicios notariales

La herencia en Cataluña sin testamento. Pagaré más o menos impuestos si hago testamento?

Se paga exactamente el mismo, se haga testamento o no, pero haciéndolo se puede planificar mejor la herencia y los trámites a realizar, y con el asesoramiento adecuado, se puede llegar a reducir el pago de impuestos que se deriven.

Serán más complicados los trámites cuando muera en caso de no haber hecho testamento?

Los trámites son bastante similares, pero se tendrá que realizar una declaración notarial de herederos; aportando una serie de documentos para probar quién son los herederos legales (Libro de Familia, testigos, certificados de empadronamiento…, etc.), hecho que supone un trámite adicional.

La herencia en Cataluña sin testamento. Qué tipo de testamento conviene hacer?

Cada testamento difiere según las necesidades del testador y de su situación, por ejemplo:

  • Parejas de mediana edad con hijos: habitualmente es mejor el clásico testamento “del uno por el otro”, para no depender en un futuro de los hijos, en caso de decidir posibles ventas de inmuebles.
  • Parejas con hijos menores de edad: lo más normal es favorecer el cónyuge o pareja de hecho y regular, en caso de defunción, los posibles problemas de administración y disposición de bienes de los menores, entre otros muchos temas.
  • Personas divorciadas: habitualmente se intenta regular la administración y disposición de los bienes que los hijos en caso de defunción siendo menores de edad y los problemas con sus exparejas. Cada persona tiene sus inquietudes sobre su futura herencia y, mediante el testamento, se intenta resolverlas. A su vez, se intenta anticipar posibles futuros problemas en su herencia y solucionarlos de la manera más eficaz posible.

Carlos Jiménez Fueyo, Notario de Igualada.

 

Contactar con nuestra notaria

Documentos necesarios para vender una casa: qué dice la legislación vigente? 6

Documentos necesarios para vender una casa: qué dice la legislación vigente?

¿Qué documentos hay que presentar si quieres vender tu vivienda?

Cuando tomamos la decisión de vender nuestra vivienda, necesitamos llevar a la notaría los documentos necesarios para vender una casa, que a continuación resumimos:

LA ESCRITURA DE LA VIVIENDA

Puede ser el de la compra previa o cualquier otro título de propiedad, herencia, etc.

LA CÉDULA DE HABITABILIDAD

Es necesario que ésta sea vigente y esté expedida por la Dirección General de la Vivienda; normalmente tiene una vigencia de 15 años. Nos permite acreditar que la vivienda reúne los requisitos mínimos de habitabilidad. En el caso que ésta cédula hubiera caducado, habrá que volver a obtenerla, a través de un técnico competente, o sea, arquitecto o arquitecto técnico.

EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

Este certificado lo solicita el mismo técnico al cual se ha hecho referencia en su punto 2, en el Instituto Catalán de Energía de la Generalitat de Cataluña.

EL CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE PAGO EN LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Si es una vivienda que forma parte de una comunidad de propietarios, este certificado lo tiene que entregar el administrador de la finca o el secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente; este certificado nos acredita que la vivienda en venta está al corriente de pago de los gastos de la comunidad.

 

Nuestros servicios notariales

El RECIBO DE PAGO DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI), Y EL DE LAS TASAS MUNICIPALES DE BASURA

Si estos recibos están domiciliados, habrá que llevar el justificante bancario donde se demuestre que estos impuestos están al corriente de pago.
La notaría, además de la documentación señalada, pide al Registro de la Propiedad la información de la situación de cargas de la vivienda, el certificado telemático del catastro, y la acreditación de pago del Organismo de Gestión Tributaria –Diputación, quedando todos los documentos incorporados a la escritura de compraventa.

LA NOTA DE CARGAS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Es un documento que nos acredita si la finca se encuentra grabada con alguna hipoteca, anotación de embargo, servidumbre, etc.

EL CERTIFICADO DEL CADASTRO

El certificado del catastro nos indica la titularidad de la finca, su superficie, su coeficiente de propiedad y el valor catastral.

EL DOCUMENTO DEL ORGANISMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA

Es necesario el documento del Organismo de Gestión Tributaria –Diputación; nos indica si la finca está al corriente de pago del IBI o si tiene deudas pendientes.

 

Contactar con nuestra notaria

La comarca fa pinya amb Igualada per mantenir l'Oficina Liquidadora 8

La comarca fa pinya amb Igualada per mantenir l’Oficina Liquidadora

Els notaris anoiencs parlen d’un augment dels costos si es perd el servei

D’UN COP D’ULL

Ajuntament, Consell Comarcal, Síndica de Greuges i col·lectius locals reclamen mantenir el servei i disposar d’una oficina de gestió integral. El batlle Marc Castells anuncia més accions per no perdre l’Oficina Liquidadora.

L’Ajuntament d’Igualada acollia aquest dimecres l’acte de signatura d’un Manifest en de Defensa de l’Oficina Liquidadora d’Igualada i l’Anoia. El document està signat per l’alcalde de la capital, Marc Castells, el president del Consell Comarcal, Xavier Boquete, la Síndica Municipal de Greuges d’Igualada, Rosa
Sánchez, i representants de catorze entitats i organitzacions empresarials, econòmiques, comercials i sindicals de la comarca. El batlle igualadí va prendre la paraula per tornar a denúncia amb vehemència «l’atac» a la ciutat que representa el pla de desplegament de les oficines de l’Agència Tributària Catalana, 15, i on no hi apareix Igualada.

El pla de desplegament de l’ATC, presentat recentment, contempla una quinzena de noves oficines de gestió de tributs en ciutats com Terrassa, Sabadell, Vic, Manresa o Vilafranca del Penedès, però suposa la desaparició de les oficines liquidadores, com la que actualment ofereix serveis a Igualada. Després de la reacció la setmana passada d’estupor, el govern igualadí ha entrat en contacte amb el Departament d’Economia per «exercir totes les mesures possibles de pressió».

A la iniciativa s’hi ha afegit la Unió Empresarial de l’Anoia, la delegació a l’Anoia de la Cambra de Comerç de Barcelona, Fira d’Igualada, la delegació a l’Anoia del Col·legi Oficial d’Agents de la Propietat Immobiliària de Barcelona, la sectorial de Gestors i Assessors de la UEA, Notaris d’Igualada C.B., les delegacions territorials de CC.OO., U.G.T. i Unió de Pagesos, les associacions de comerciants Igualada Comerç i Nou Centre d’Igualada, el Gremi de Blanquers d’Igualada, Fagepi i l’associació TIC Anoia.

Aquest manifest, que ha estat recolzat també pels sis grups polítics amb representació a l’Ajuntament –CiU, ERC, Socialistes d’Igualada, CUP, Decidim Igualada i PP– reclama al departament d’Economia i Hisenda de la Generalitat de Catalunya que mantingui els serveis que, a dia d’avui, ofereix aquesta oficina a la capital de l’Anoia i demana que Igualada aculli una de les futures oficines de gestió integral de l’Agència Tributària Catalana (ATC) «“com a garantia de la prestació de serveis als ciutadans i en defensa de l’equilibri territorial». El text consensuat exposa també la defensa «d’una administració tributària eficient,
eficaç, transparent i propera» i demana que la petició sigui traslladada «al departament de la Vicepresidència i d’Economia i Hisenda de la Generalitat de Catalunya».

Hi ha en marxa també una recollida de signatures que arriba ja a les 1.200. «Serà massiva» segons Castells, perquè «no entenem que es vulgui fer un projecte per millorar la vida dels ciutadans i se’ls hi treguin serveis. Cal que esmenin aquest error que s’ha comès». Adverteix que «no ens conformarem amb un punt d’informació, sinó que volem l’Oficina de Gestió Integral».

Els notaris: «perdre l’Oficina Liquidadora tindria afectacions»

«És un servei proper i si es perd no només es perd la qüestió física, sinó també el coneixement dels professionals que hi ha» explica el notari Carlos Calatayud, que firmava aquest dimecres el manifest en nom dels notaris anoiencs. L’Oficina Liquidadora «no es pot perdre. Afecta a la vida ordinària de la gent, qüestions com les successions o les transmissions s’han de fer, abans o després. Cal un interlocutor a la vora, no es pot fer a distància». Afegeix que «suposa no només perdre temps, també pot augmentar els costos».

oficina liquidacion regio

Front comú per evitar el tancament de l’oficina liquidadora d’Igualada

L’alcalde Castells diu que el territori «plantarà cara» al nou pla de la Hisenda Catalana, que preveu tancar 38 oficines

Acn | Igualada 28.09.2016 | 14:32

Una quinzena d’institucions socioeconòmiques de l’Anoia, partits polítics i institucions han signat aquest dimecres un manifest en defensa de la continuïtat de l’oficina liquidadora d’Igualada, que s’encarrega de la gestió, liquidació i recaptació dels impostos de transmissions patrimonials, entre d’altres.

L’alcalde d’Igualada, Marc Castells, ha afirmat que el territori «no permetrà que li prenguin aquest servei» i ha assegurat que «plantarà cara» a la conselleria d’Economia per evitar el desmantellament.

Aquest tancament s’inclou en el pla de desplegament de la Hisenda Catalana, que preveu l’obertura de 15 noves oficines de l’Agència Tributària de Catalunya però, al mateix temps, el tancament de 38 oficines liquidadores repartides per tot el país.

 

“El meu pare no pot vendre el seu pis per culpa de la seva malaltia degenerativa” 11

“El meu pare no pot vendre el seu pis per culpa de la seva malaltia degenerativa”

Fa quinze dies va venir a la meva Notaria un senyor ancià vidu, el Senyor “Jordi” (nom fictici…), acompanyat de dos dels seus fills, amb la intenció -segons em van comentar- de vendre el seu pis de tota la vida i així poder anar pagant les despeses de la residència on vivia, ja que els seus fills no podien mantenir el pagament de la residència amb els seus sous, portaven varis anys fent-ho i ja havien gastat tots els seus estalvis per tal d’ajudar a pagar l’atenció del seu pare.

Llegir més a http://veuanoia.cat/pare-no-pot-vendre-pis-culpa-seva-malaltia-degenerativa/

¿Se puede desheredar a un hijo? 13

¿Se puede desheredar a un hijo?

Por qué tengo que dejarle en herencia algo a mi hijo si hace diez años que no lo veo?

Montserrat me hacía esta pregunta hace unos días en la notaría, había venido a hacer testamento en favor de dos de sus tres hijos, y quería saber qué era el mínimo (como ella misma me dijo “el mínimo de los mínimos…”) que tenía que dejar al suyo otro hijo, con el que no tenía ninguna relación desde hacía diez años, que ni siquiera había ido al funeral de su padre, y si era posible no quería dejarle nada de nada, puesto que no le parecía justo.

Pasé a explicarle las posibilidades que existen, dentro del marco de la ley catalana, y que dice nuestro Código Civil sobre la legítima, con la voluntad de aclararle si se puede desheredar un hijo.

Puede su hijo reclamar la legítima aunque no se hayan visto en diez años?

Si, salvo que haya hecho testamento ella y lo haya desheredado cumpliendo alguna de las causas del Código Civil catalán “ausencia continuada de la relación con su hijo por causa imputable a él, maltrato grave, denegación de alimentos al testador…

Cuál es el importe de la legítima?

El importe de la legítima es una cuarta parte (un 25%) de los bienes que deje, cuando se muera Montserrat, a repartir entre el número de hijos que tenga. En este caso se trataría de un 8,33%, salvo que lo desheredase, y dicho importe calculado según una serie de reglas y contando también con las donaciones hechas en vida en determinados supuestos.

En el caso de Montserrat, el valor de sus bienes era de una vivienda valorada en 85.000 € y un depósito de 20.000 €, con lo cual el valor global de la legítima era de 26.250 €, a dividir entre sus tres hijos, o sea 8.750 € a cada uno de sus hijos.

¿Quién tendrá que pagar la legítima?

La persona que Montserrat nombre en su testamento como heredera. En este caso, sus otros dos hijos, si es que los nombra herederos a partes iguales.

Pueden elegir los herederos nombrados cómo se paga?

Sí, los herederos pueden pagar con dinero de la propia herencia o de ellos mismos, o con bienes del caudal hereditario en plena propiedad, salvo algunas excepciones.

Tendría derecho su hijo a pedir legítima del padre ya muerto, y cuando muera Montserrat, de ella también?

Si, su hijo puede pedir la legítima en los dos casos. Tanto en caso de que  Montserrat hubiera heredado de su marido como si hubieran heredado sus otros dos hijos, el hijo ausente puede reclamarlas a los herederos.

Si  Montserrat lo deshereda, sigue teniendo derecho a legítima? 

No, dejará de tener el derecho a legítima, pero sólo puede desheredarlo si se cumple alguna causa citada, y tendrá que demostrarse por los herederos, los otros hijos de la Montserrat. Normalmente aconsejo, en los casos en los cuales se quiere desheredar un hijo por ausencia manifiesta y continuada de la relación, por causa imputable a él, que se recoja la mayor parte de las pruebas posibles en el testamento o en otro documento separado, para facilitar la acreditación de la causa cuando sea necesario, en caso de reclamación judicial del hijo desheredado.

¿Cuántos años tiene el hijo desaparecido de  Montserrat para pedir la legítima? 

El hijo desaparecido tiene 10 años desde la defunción de  Montserrat.

Si el hijo de  Montserrat reclama la legítima transcurridos, por ejemplo, siete años desde su muerte, meritará intereses?

Si, tendrá que abonarle su parte (el 8,33% citado al ser tres hijos) con el interés legal del dinero, salvo que Montserrat haya dispuesto en su testamento que no meritará interés.

Qué pasa si los años anteriores a la muerte de Montserrat ha hecho donaciones a sus otros dos hijos?

Las donaciones que hayan sido hechas por Montserrat durante los últimos diez años de su vida, se añadirán al valor del resto de sus bienes para calcular la legítima. Si, además, cuando se firmó la escritura de la donación, se manifestó que esta era imputable a la legítima, se tendría que computar aquel valor, aunque pasaran más de los diez años citados.

Qué pasa si muere uno de los otros hijos de la Montserrat antes de que ella? 

Si está nombrado heredero, su parte irá a sus descendentes, nietos de  Montserrat. Si no está nombrado heredero, su parte de legítima también podrá ser reclamada por sus hijos, nietos de  Montserrat.

Es posible renunciar a la legítima en vida del causante? 

Solo en casos muy concretos y de difícil aplicación, puesto que se consideran nulos los actos unilaterales, así como las estipulaciones en pacto sucesorio y similares, otorgados antes de la muerte del causante, que impliquen renuncia al derecho de legítima o que perjudiquen su contenido.

 Es necesario que el hijo desaparecido de Montserrat firme la entrega de legítima? 

No, necesario no lo es. Puede formalizarse toda la aceptación de la herencia por los otros dos hijos herederos. Hay que tener en cuenta pero que, en el caso de una posible reclamación en el futuro, se tendrán que pagar los intereses, si el testamento no estipula el contrario.

 

Carlos Jiménez, notario de Igualada.

Qué es el testamento vital o documentos de voluntades anticipadas? 15

Qué es el testamento vital o documentos de voluntades anticipadas?

La semana pasada nos visitó a la Notaría la señora Assumpta, muy preocupada por un tema que hacía tiempo le rondaba por el jefe: su madre, diez años atrás, antes de morir, sufrió mucho, teniendo una larga y dolorosa agonía durante los últimos meses de vida.
Ella quería saber si era verdad que se podía firmar un documento para evitar, en lo posible, el que le pasó a su madre, expresando las instrucciones que desee sobre su atención sanitaria, así como la persona que quiera que sea designada como persona de contacto por los médicos, si se diera el caso de encontrarse inconsciente. La señora Assumpta está separada, tiene tres hijos y tiene muy claro cuál de ellos tendría que ser quién hablara con los médicos si se diera el caso. Ante esta situación, hay que redactar un testamento vital o documento de voluntades anticipadas.

Preguntas frecuentes sobre el testamento vital o documento de voluntades anticipadas

1) ¿Qué es un testamento vital o documento de voluntades anticipadas?

El testamento vital es un documento en el cual una persona que se encuentra en una situación en que no puede expresar su voluntad personalmente, y sufriendo una dolencia irreversible o terminal, expresa las curas médicas que desea recibir, designando una persona de contacto como representante suya para estos efectos.

2)¿De qué criterios se puede dejar constancia porque se tengan en cuenta?

La voluntad de no sufrir dolor importante, sea físico o psíquico; la posibilidad de comunicarse de cualquier manera y relacionarse con otras personas; el hecho de no prolongar la vida por sí misma si no se dan los mínimos imprescindibles para tener una calidad de vida aceptable y digna; permanecer en el domicilio habitual los últimos días de la vida y morir allá; estos son algunos de los más habituales además de los sugeridos por el departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña.

3) Situaciones sanitarias previstas en el testamento vital

Entre otros, una dolencia irreversible que, en un plazo breve de tiempo, conduzca inevitablemente en la muerte o estado vegetativo crónico, por ejemplo.

4) Instrucciones sobre las actuaciones sanitarias en el testamento vital:

No prolongar inútilmente de manera artificial la vida, mediante técnicas de apoyo vital, si estas sirven para tener una supervivencia biológica sin sentido; no recibir tratamientos de apoyo ni terapias poco contrastadas que no hayan demostrado efectividad; que se suministren los fármacos necesarios para paliar al máximo el malestar, el sufrimiento psíquico y el dolor físico.

5) Designación de representante al testamento vital

Especialmente importado en personas con una situación personal complicada, donde pueda haber problemas por parte del equipo sanitario al identificar quién es el representante (por ejemplo, en caso de tener varios hijos, personas sin parientes próximos o con una relación nula con este, y que prefieren que sea un amigo/ga su representante). Esta designación es de vital importancia para evitar conflictos, en caso de que alguno de estos parientes sin relación directa, acuda en el hospital. Es incluso conveniente designar un segundo representante a fin de evitar problemas por defunción o indisponibilidad del primer representante.

6) Donación de órganos

Con la finalidad pretender dar los órganos ante un posible trasplante, o bien para la investigación científica, hace falta la redacción de un testamento vital. Lógicamente, en estos casos, la celeridad para proceder a la extracción de órganos es trascendental y una de las vías adecuadas para expresar esta voluntad sería este documento.

7) Creencias espirituales

Recibir asistencia espiritual, de acuerdo con las creencias personales de cada cual.

8) Instrucciones para el entierro, incineración o funeral:

Se puede dejar constancia del tipo de entierro, funeral y ceremonia religiosa o laica que uno desee. Durante mi trayectoria profesional he visto de todo tipo, desde la persona que no quiere que alguien en concreto asista a su entierro, hasta el que pretende escoger una canción porque sea escuchada durante la ceremonia, pasando por localizaciones concretas y lugares especiales, donde se quiere que se esparzan las cenizas, en caso de incineración.

9) ¿Cómo se tiene que hacer un documento de voluntades anticipadas o testamento vital?

Se tiene que hacer ante notario. Este, después de la firma se encarga de comunicarlo al registro de voluntades anticipadas de la Generalitat de Cataluña, o bien lo hace ante tres testigos que no tengan vínculo familiar ni patrimonial con el firmante.

Carlos Jiménez Fueyo, Notari d’Igualada.