Parejas de hecho (parte 2)

Parejas de hecho (parte 2)

Compartir

Fecha: 17 Mayo, 2023

Autor: Notaria Igualada Rambla

Guarda y custodia de los hijos en la pareja de hecho
Se aplican las mismas normas que para el caso de las parejas casadas, siendo la norma general la custodia compartida, salvo que la protección del mayor interés del menor requiera otra fórmula.

Uso de la vivienda después de la rotura de la unión de hecho
Los convivientes en pareja estable pueden acordar la atribución a uno de ellos del uso de la vivienda familiar, con su menaje doméstico, para satisfacer en la parte que sea pertinente los alimentos de los hijos comunes que convivan con el beneficiario de uso o eventual prestación de alimentos del mismo.

Si no existe acuerdo o si éste no es aprobado, en caso de que los convivientes tengan hijos comunes, la autoridad judicial puede atribuir el uso de la vivienda familiar con sujeción a las reglas pertinentes.

Pensión de alimentos después de la ruptura de la unión de hecho
Si la pareja estable se extingue en vida de los convivientes, cualquiera de los convivientes puede reclamar al otro una prestación de alimentos, si la necesita para atender adecuadamente su sustentación, en cualquiera de los siguientes casos:

a) Si la convivencia ha reducido la capacidad del solicitante de obtener ingresos.

b) Si tiene la guarda de hijos comunes, en circunstancias en las que su capacidad de obtener ingresos quede disminuida.

Compensación económica por razón del trabajo tras la ruptura de la unión de hecho
Si un conviviente ha trabajado para el hogar sustancialmente más que el otro o ha trabajado para el otro sin retribución o con una retribución insuficiente, tendrá derecho a una compensación económica, siempre que en el momento del cese de la convivencia le otro haya obtenido un incremento patrimonial superior, de acuerdo con las reglas que rigen para el matrimonio.

Permiso retribuido por unión en pareja
En determinados convenios colectivos o contratos de trabajo de forma individualizada se reconoce el permiso laboral de 15 días por constituirse en pareja de hecho.